martes, 11 de diciembre de 2012

SOBRE LAS ELECCIONES NO AJUSTADAS A LEGALIDAD QUE SE HAN CONVOCADO.


Como no podía ser menos, no deja de sorprendernos el anuncio de elecciones presentado por CGT para nuestra empresa. Sin nada que reprocharles en cuanto al objetivo final y los intereses que se dice se defienden, que no son distintos de los que cualquiera defendería, no deja de ser decepcionante el que acudan, como siempre, a “intereses oscuros” o “ajenos” a la plantilla de Teleperformance en caso de que alguien no esté de acuerdo con su planteamiento.

Nada más lejos de la realidad: aquí va, blanco sobre negro, y bien clarito, nuestra opinión sobre dicha convocatoria, que por cierto no compartimos, por más que nos puedan tachar de “partidistas” o lo que quieran.

Es cierto que un comité de los dos centros conjuntos, y único para la provincia, es más eficaz de cara a la nueva situación que vamos a vivir con la unificación que se nos avecina en un futuro próximo. Pero también no es menos cierto que hay mandatos vigentes que pretenden dejar fuera de juego a su interés. Explicado muy fácilmente: Por más que se empeñara un partido político que NO tuviera la mayoría absoluta, no podría convocar elecciones adelantadas si el resto no está de acuerdo.

Y justo esto es lo que pasa. La CGT no puede adelantar elecciones. Y eso no corresponde a intereses “oscuros” ni gaitas. Eso es que aún no ha terminado el mandato de Viapol, aún no han pasado los cuatro años desde las anteriores elecciones, que fueron el 22 de abril de 2009. Y desde CGT no pueden adelantarlas porque a diferencia de la política, la única manera que existe de adelantar estas elecciones sindicales es que los delegados/as que aún tienen mandato vigente, dimitieran (todos/as, por cierto; con uno/a que no lo hiciera se podrían anular los procesos electorales iniciados). Pero aún más allá, lo hacen a nivel provincial. Y a nivel provincial somos CCOO quienes tenemos la mayoría simple, que no absoluta. Pero ni por esas podríamos llevar a cabo tampoco este adelanto si lo hubiéramos hecho desde nuestro sindicato y alguien se hubiera opuesto, PORQUE TENDRÍAN QUE DIMITIR A NUESTRA CONVENIENCIA.

Bien, este NO ES EL CASO. Por no dimitir, no han dimitido ni los representantes de CGT en Viapol. Esta cuestión, en cualquier sindicato se conoce. Es de libro en un tema tan importante como las elecciones sindicales donde todos/as los/as trabajadores/as decidís vuestro futuro en cuanto a quiénes os representan. Más de libro si se habla de qué quién no esté de acuerdo responde a intereses “ajenos” a los de las trabajadoras y trabajadores. De momento lo ajeno es querer que quién aún  representa a aquellos/as que les votaron, dimitan por narices.

Que las elecciones en Los Arcos están vencidas ya lo sabemos. Pero no así en Viapol. Y como mientras haya problemas que resolver allí, no va a dimitir ninguno/a de nuestros/as delegados/as quedándole meses de trabajo de los cuatro años que decidisteis democráticamente que os representáramos, pues no sólo estamos disconformes con esta convocatoria, hecha mal y fuera de lo legalmente establecido, sino que hemos presentado una impugnación por este motivo. Si la impugnación va adelante y se nos da la razón, este proceso iniciado no sería válido, y habría que esperar a los plazos legales.

Elecciones conjuntas, SÍ, pero cuando toquen, no cuando a alguien se le ocurra contraviniendo lo que establece la ley. No es por ser tiquismiquis, es por ser legales, justo lo que venimos exigiendo a la empresa durante estos años de vigencia de nuestra representación. ¿O alguien se imagina un sindicato amarillo (pro-empresa) iniciando, cada vez que quisiera, procesos electorales para que no se pudiera trabajar en solucionar los problemas de la plantilla y tuviéramos que estar enredados en otras cosas?

En fin, esperemos que esta cuestión se reconduzca a lo que debe ser, y que algunos/as aprendan algo sobre estos temas, que nunca viene mal aprender sobre cómo son los procesos donde democráticamente la gente elige a sus representantes. No consiste todo en ver quién llega primero, ni quién dice poseer la verdad absoluta. Resulta que vosotras/os elegisteis unos/as representantes y mientras no termine su período de representación, serán los/as que os sigan defendiendo.

Un saludo de los delegados y delegadas de CCOO en Iberphone-Teleperformance

viernes, 30 de noviembre de 2012

TRABAJA EN EL EXTRANJERO

Buenas tardes compañeros:

Como todos sabemos la situación laboral en nuestro país es cada vez más complicada y el paro sube por momentos. Es por eso que muchos han tomado la decisión de salir fuera de nuestras fronteras y buscarse la vida lejos de su casa. Teniendo en cuenta que esta práctica es cada vez más habitual os dejamos algunos enlaces por si os interesa lanzaros a la aventura, o, por si conocéis a alguien que quiera hacerlo.

Se trata de webs de algunas empresas de trabajo en Alemania, Reino Unido, Italia, Francia y Portugal.

Esperamos como siempre que os sean de utilidad.

Si estás interesado en buscar trabajo en el Reino Unido pincha aquí
Si estás interesado en buscar trabajo en Alemania pincha aquí
Si estás interesado en buscar trabajo en Francia pincha aquí
Si estás interesado en buscar trabajo en Italia pincha aquí
Si estás interesado en buscar trabajo en Portugal pincha aquí

martes, 27 de noviembre de 2012

Tusalario.es colabora con Top formación ofreciendo cursos y másters. Busca tu curso

Tusalario.es la página de comparación salarial en la que participa COMFIA CCOO ha iniciado una colaboración con el portal TopFormación.com para ofrecer más de 10.000 programas formativos. Consulta la página de Top formación en TuSalario y las ofertas puntuales de másters.

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Los últimos másters presentados son: 
Máster Universitario Oficial en Gestión Integrada de la Calidad, Medio Ambiente y PRL
Máster Universitario Oficial en Prevención de Riesgos laborales
Máster Universitario Oficial en Energías Renovables

lunes, 26 de noviembre de 2012

JORDI ÉVOLE: EL AZOTE DE LA SOCIEDAD

No hace falta presentación para este periodista catalán al que todos recordamos como colaborador del programa de Andreu Buenafuente, donde destacaba más en su faceta cómica. En la actualidad ha cambiado el registro y se dedica a "dar cera" y a investigar en los problemas más actuales de la sociedad, como escándalos de corrupción, cuestiones monárquicas, despilfarros en las cuentas del Estado etc.

Hace unos días, La Sexta emitió su edición semanal del programa que presenta este periodista, Salvados, en el que se hacía referencia al control absoluto que poseen las empresas eléctricas en el país y el más que sonado rumor de favores de dirigentes políticos que posteriormente cuando finalizan su mandato o funciones políticas, son recolocados como consejeros de dichas empresas.

Os dejamos el enlace del programa para que podáis echarle un vistazo.

Los jueces destapan la “arbitrariedad” del decreto de Rajoy sobre desahucios

Por todos es sabido que la situación en cuanto al pago de viviendas en España está llegando a un punto insostenible por todas las partes influyentes en el contrato. PP y PSOE hicieron un amago de acercamiento para arreglar la situación, o al menos mejorarla. Como ya sabemos, todo se quedó en un simple intento, una foto de cara a la galería y punto, ya que finalmente el Partido Socialista, decidió que no era suficiente la reforma que se iba a realizar en dicha materia. No vamos a defender a los dirigentes socialistas ni mucho menos, puesto que ellos han convivido con dicha Ley durante su mandato y no les había parecido mala, y resulta sospechoso las ganas que les han entrado de querer cambiarla ahora, pero viendo el resultado de la reforma realizada por el PP (es lo que tiene asignar la mayoría absoluta a un partido, sea de la ideología que sea) razón no les faltaba.
Os copiamos un artículo del periódico El País donde se explican los "agujeros" que deja esta modificación de Ley y que muchos ciudadanos y expertos entienden insuficiente.
Si queréis podéis echarle un vistazo en el siguiente enlace, no solo al artículo sino también a otros relacionados.

Un Saludo.





“Las expectativas se han revelado como una publicidad engañosa”, resume Joaquim Bosch, portavoz de la asociación progresista Jueces para la Democracia. Los jueces, representados en las tres principales asociaciones, consideran “arbitrario” y “un fiasco” el real decreto aprobado el pasado jueves por el Gobierno para paliar la sangría de los desahucios. Como ocurrió con el Código de Buenas Prácticas, avanzan que tendrá un alcance “muy limitado”, y lo rechazan porque no va al problema de fondo: la reforma de la ley. Pero además, en lo que sí regula, la suspensión del desahucio durante dos años —hasta el 16 de noviembre de 2014— para las familias más vulnerables, los magistrados ven fallos y discriminaciones:
» Se excluyen de la suspensión los casos en los que la casa se la queda un tercero y no el banco. De la redacción del decreto que se conoció ayer por su publicación en el BOE, a los jueces les sorprende una precisión que contiene el artículo 1, y que va a dejar fuera de la paralización del desahucio a muchas familias igual de vulnerables que las que sí están incluidas en la norma. El artículo dice que la moratoria solo será aplicable cuando la vivienda se haya adjudicado en subasta al banco o “a persona que actúe por su cuenta” (en el proceso de desahucio, antes de que la familia sea expulsada de su casa, la vivienda se subasta). Es decir, que en todos aquellos casos en los que un tercero que no sea un banco (un particular, una inmobiliaria, etcétera) se quede con la casa en la subasta, la familia podrá ser desahuciada, aunque cumpla con todos los requisitos para evitarlo. “Puedo encontrarme con un caso de extrema necesidad pero el desalojo no se paraliza porque la casa no es del banco; es discriminatorio”, asegura el titular de un juzgado hipotecario que prefiere el anonimato. Lo habitual es que las entidades se adjudiquen las viviendas, “pero la otra situación no es infrecuente”, señala el juez.
» No se paralizan los intereses de demora. En esta crítica coinciden Jueces para la Democracia y la conservadora Francisco de Vitoria. “Lo que ha aprobado el Gobierno no es una moratoria, sino una suspensión del desalojo, de forma que durante esos dos años la deuda se seguirá generando y los elevados intereses de demora la seguirán aumentando”, critica José Luis González Armengol, portavoz de Francisco de Vitoria. Joaquim Bosch, de Jueces para la Democracia, cree que no es un olvido y que el Ejecutivo ha tomado esa decisión “a sabiendas”. “Los bancos no tienen tanta prisa en recuperar la vivienda porque no tienen cómo venderla, y sin embargo tienen mucho interés en no perder los derechos económicos”. Fuentes del Ministerio de Economía subrayan que en los casos que entren en los umbrales del Código de Buenas Prácticas los intereses de demora se limitarán en un 2,5% más los intereses remuneratorios. “Lamentamos que el Gobierno se sitúe junto a las entidades y no del lado de los derechos de los ciudadanos”, concluye Bosch.
» Familia con dos hijos no, familia con tres hijos sí. El decreto fija unos exhaustivos requisitos a cumplir, económicos y de cargas familiares, que son acumulativos. Para acogerse a la paralización del desalojo indica que es necesario no superar ingresos de 19.000 euros al año y que la cuota de la hipoteca suponga más del 50% de los ingresos de la familia. Pero además, para una pareja se requiere tener tres hijos como mínimo (familia numerosa), lo que deja fuera a las que tengan dos hijos (salvo que alguno sufra discapacidad). “¿Esos dos niños no tienen el mismo derecho a no quedarse en la calle?”, se pregunta María Teresa Sáez, magistrada y presidenta de la Asociación Profesional de la Magistratura, mayoritaria y conservadora. “Echamos de menos que los supuestos no sean más flexibles y nos dejen a los jueces algo de margen para interpretar si estamos ante un caso crítico”, lamenta.
» Madre soltera con un hijo, a la calle. Es el caso de Xiomara Sena y su hijo de cinco años, enfermo de diabetes, que contó EL PAÍS. El decreto establece que para ser beneficiarias de la suspensión las familias monoparentales tienen que tener dos hijos a su cargo. Xiomara, por ejemplo, no podría acogerse, porque tiene uno, aunque solo ingresa 426 euros de ayuda y su exmarido, que está en paro, unos meses le ingresa 100 euros y otros nada. El niño necesita cuidados constantes; cada 90 minutos le mide la glucosa y necesita cuatro inyecciones de insulina diarias. Es un caso crítico que no estaría incluido.
» ¿Y los jubilados? Los pensionistas tampoco están incluidos en el colectivo que podrá acogerse a la paralización del desahucio si no tienen otras cargas familiares o son dependientes. Fuentes del Ministerio de Economía explican que en algún lugar tenían que ponerse los límites, y que lo que se ha hecho es fijar de esta forma a lo que se entiende como colectivos más vulnerables.

martes, 20 de noviembre de 2012

LOS RECORTES LLEGAN A LA JUSTICIA


Un jubilado que reclame al banco 100.000 euros tendrá que abonar hasta 3.800 euros por el nuevo impuesto, que ha sido aprobado por el Parlamento con los únicos votos del PP.
Las tasas judiciales que el Gobierno y el PP, en solitario, se han empeñado en sacar adelante en su desmelenado afán recaudatorio, no harán excepciones con colectivos especialmente maltratados por la crisis como los afectados por el escándalo de las participaciones preferentes de los bancos. Así, un jubilado que demande por la vía civil a un banco para recuperar unos ahorros de 100.000 euros, tendrá que pagar un mínimo de 800 euros y un máximo de 3.800 para que se estudie su caso, dependiendo de si llega hasta el Tribunal Supremo o no.
Varios colegios provinciales de abogados, como el de Málaga, y el Consejo General de la Abogacía, han difundido las cuantías que supondrán para los maltrechos bolsillos de los ciudadanos las nuevas tasas, en supuestos especialmente escandalosos o, sencillamente, en pleitos muy comunes.
La nueva Ley, aprobada el pasado miércoles por el Senado de forma definitiva, y que se espera que se publique en el BOE esta semana, extiende a los ciudadanos particulares las tasas hasta ahora sólo previstas para empresas, y eleva exponencialmente sus cuantías. En la jurisdicción civil, las tasas van, en primera instancia, desde 150 a 300 euros;  en segundo instancia, otros 800 euros; y si se recurre ante el Tribunal Supremo, habrá que desembolsar otros 1.200 euros. Todo ello aparte de los gastos de abogado y procurador. 
En la jurisdicción contencioso-administrativa, los pleitos en primera instancia costarán entre 200 y 350 euros; la apelación, otros 800 euros; y acudir al Supremo, 1.200 euros. Por último, en la jurisdicción social, es decir, a la que acuden todos los trabajadores despedidos de sus empresas --una legión en los últimos tiempos--, la tasa ha quedado finalmente fijada --tras aceptar el Gobierno una rebaja instada por varios colectivos y grupos parlamentarios-- en 200 euros por el recurso de segunda instancia, y otros 300 si debe acudirse al Supremo. La primera instancia de este orden laboral, como el penal en todas sus fases, está exento de tasas.
A estas cuantías fijas de la tasa, debe sumarse otro componente variable que es de un 0,5% de la cuantía procesal --es decir, el interés económico del pleito--, hasta 1 millón de euros, y del 0,25 a partir de esa cifra, con el límite total de 10.000 euros.
 En el caso de un afectado por las preferentes que reclamase por la vía civil al banco 100.000 euros, la tasa que tendrá que pagar al Estado a partir de esta semana será de 300 euros --juicio ordinario civil-- más 500 euros de tasa variable (0,5% de los 100.000 euros). Es decir, 800 euros, a los que tendrá que añadir otros 1.300 euros si presenta recurso de apelación por no estar conforme con la sentencia de primera instancia. Ya irían 2.100 euros.
La recaudación continuaría si finalmente, el sufrido ciudadano decide buscar justicia en el Tribunal Supremo, que no estudiaría el caso sin el pago de otra tasa más de 1.700 euros. Total: 3.800 euros. La cuantía ascendería notablemente si el dinero invertido en las preferentes fuese mayor, como ha sucedido en numerosas ocasiones.
Una comunidad de propietarios que reclame una deuda de 2.100 euros tendrá que pagar una tasa de 921 euros
El Colegio de Abogados de Málaga ha calculado otros ejemplos significativos de la incidencia de las nuevas tasas:
-- En el caso de un proceso monitorio civil en reclamación de 2.100 euros de cuotas de una comunidad de Propietarios, las tasas serían de 921 euros. 
-- Separación o divorcio sin liquidación de sociedad de gananciales, las tasas en ambas instancias serán de 1.280 euros.
-- Cuando se discute sobre un inmueble, la cuantía procesal es el valor de ese inmueble a precio de mercado, por ejemplo si el valor son 300.000 euros, las tasas en ambas instancias 1ª y 2ª (Recurso), ascenderá a 4.100 euros, y si se recurriese ante el Tribunal Supremo, habría que añadir 2.700 euros.
Además, hace la proyección de las tasas sobre casos reales. Así, la Abogacía recuerda la historia del ocupante de un vehículo que sufrió tetraplejia y múltiples lesiones a consecuencia de un accidente de tráfico; y que, entre lesiones, secuelas, invalidez, y ayuda de tercera persona, reclamó a las compañías aseguradoras del vehículo en el que viajaba y de un tercer implicado: 1.300.000 euros.
La tasa judicial que le hubiese correspondido abonar ahora por interponer demanda en primera instancia: sería de 300 euros más el 0,5% de la cuantía hasta 1.000.000 de euros y el 0,25% que exceda de esa cantidad, es decir, una tasa total de 6.050 euros.
Si hubiese que recurrir ante la Audiencia Provincial en apelación, serían otros 6.550 euros (la cantidad variable del impuesto se aplicaría de nuevo).  Y si, finalmente, se decidiese recurrir ante el Tribunal Supremo en recurso de casación, serían otros 6.950 euros. Total para las tres instancias: 19.550 euros.
Un pleito por lesiones medulares de tráfico que llegue al Supremo: 19.550 euros de tasa
En un pleito contra una constructora sobre piso vendido sin licencia, con  precio de 300.000 euros,  la tasa en primera instancia sería de 1.800 euros.
En el caso de un niño que muriese en un accidente de avión, la legislación aplicable obligaría a la compañía aérea a pagar un millón de euros a los padres del niño fallecido (de acuerdo a un caso real). La tasa por reclamar sería de 5.300 euros.
Otro caso real esgrimido por los abogados malagueños: unos padres tendrían que haber abonado 11.300 euros al Estado en concepto de tasas por la reclamación de 600.000 euros de indemnización que hicieron para su hija, con gravísimos daños cerebrales causados por una negligencia médica en un parto, y a quienes sólo les dieron la razón en el Tribunal Supremo, en sentencia de 23 de diciembre de 2002.
El desglose de las tasas que habrían debido abonar es la siguiente: Primera instancia: 3.300 euros; apelación 3.800 euros; y casación 4.200 euros.
En lo contencioso-administrativo, la tasa permite la impunidad del Estado, denuncian los abogados
En la justicia contencioso-administrativo, los abogados subrayan que la tasa sería claramente disuasoria,"con la inmediata consecuencia de impunidad del Estado", que, por su parte, no pagaría tasas.
El recurso contra una sanción leve de tráfico (multas de hasta 100 euros), implicaría una tasa judicial de 200 euros, es decir, el doble de la multa. Y para una sanción grave, de 200 euros, el impuesto sería del mismo importe que la multa (200 euros). En cuanto a las sanciones graves con detracción de puntos, la tasa se elevaría a 450 euros, es decir, un 225% del importe económico de la multa.
Mientras que en las sanciones de tráfico muy graves (multas de 500 euros) con detracción de puntos, la tasa será de 450 euros, es decir, algo menos que la multa.
Los mismos criterios son aplicables a cualquier sanción administrativa (medioambiente, tributarias, o cese de actividades).
El Consejo General de la Abogacía ha instado a la Defensora del Pueblo a presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley. También han protestado contra estas tasas y sus desorbitadas cuantías el Consejo del Poder Judicial, todos los grupos parlamentarios de oposición, y la totalidad de las asociaciones de jueces y fiscales.
El ministro Ruiz-Gallardón las defiende e incluso destaca que son una forma de solidaridad con las personas que, por sus escasos ingresos, tienen derecho a la justicia gratuita, ya que ésta se financiará con lo recaudado.

martes, 13 de noviembre de 2012

HUELGA E INCENTIVOS

SÓLO QUEREMOS RECORDAROS, QUE SI EJERCÉIS VUESTRO DERECHO A HUELGA NO OS INFLUIRÁ A LA HORA DE COBRAR VUESTROS INCENTIVOS, YA QUE NO SE CONSIDERA FALTA DE ADHERENCIA AL PUESTO PORQUE ESE DÍA NO EXISTE RELACIÓN CONTRACTUAL CON LA EMPRESA.

DESDE LA SECCIÓN SINDICAL DE CCOO IBERPHONE, OS PEDIMOS QUE DIFUNDÁIS AL MÁXIMO ESTA ACLARACIÓN PARA QUE NO HAYA LUGAR A DUDAS.

ESPERAMOS VEROS A TOD@S EN LA MANIFESTACIÓN QUE OS RECORDAMOS COMIENZA A LAS 13.00 EN PUERTA CARMONA Y FINALIZA EN EL PRADO DE SAN SEBASTIÁN.

DEFIENDE TUS DERECHOS. LUCHA POR LO QUE ES TUYO.

GRACIAS.

jueves, 18 de octubre de 2012

Fórmate y trabaja con la ayuda de los Permisos Individuales de Formación (PIF)


Compatibiliza formación y trabajo
Es incuestionable la importancia que tiene actualmente la formación en el mundo laboral, no obstante, conciliar estudios y trabajo resulta complicado. Por eso queremos informarte de la posibilidad de utilizar los permisos individuales de formación (PIF). Dispones de hasta 200 horas laborales cada año para estudiar -siempre que realices una formación que esté reconocida mediante una acreditación oficial- con el fin de favorecer tu desarrollo profesional y personal.
El permiso tiene que ser autorizado por la empresa y ésta solo puede denegarlo por causas organizativas o de producción totalmente justificadas, ya que el derecho a la formación se encuentra recogido en el Estatuto de los Trabajadores.
La empresa también gana. Por un lado, sus trabajadores y trabajadoras amplían sus conocimientos y mejoran sus capacidades. Por el otro, la Fundación Tripartita para la Formación le devuelve tu sueldo y las cuotas de la seguridad social a la empresa equivalentes a las horas del permiso.
Requisitos relativos a la formación:
·                   Formación reconocida por una titulación oficial, incluidas las correspondientes a los títulos y certificados de profesionalidad que constituyen la oferta del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
·                    Formación dirigida tanto al desarrollo o adaptación de las cualificaciones técnico-profesionales del trabajador como a su formación personal.
·                   Formación presencial. También se admite la parte presencial de las realizadas mediante la modalidad a distancia.
Queremos destacar que desde el inicio y promoción de estos permisos en la empresa hasta la actualidad,  se han producido muchas aclaraciones en los criterios de aplicación de los PIF, algunos de ellos tras consultas y reclamaciones interpuestas por esta Sección Sindical en los servicios jurídicos de la Fundación Tripartita. 
Os comunicamos que se han incluido nuevas acciones formativas para las que se puede solicitar un PIF: 
  • Acciones formativas reconocidas mediante acreditación oficial  de todas las Administraciones Públicas (antes solo a las reconocidas por el Ministerio de Educación).
  • Para preparación de exámenes,  trabajos, prácticas y tutorías presenciales en la formación a distancia, siempre y cuando sean titulaciones oficiales y dichas prácticas o tutorías sean de carácter obligatorio.
  • Acceso a la formación para mayores de 25 años (tanto para la universidad como para la formación profesional).
  • Carnés Profesionales (Manipulador de alimentos, CAP, etc.)
  • Conservatorios Profesionales de Música y Danza.
  • Técnicos en Prevención de Riesgos Laborales.
  • Títulos y Certificados de Profesionalidad que constituyen el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales. 
Continúa tu formación a lo largo de la vida
La formación profesional para el empleo contribuye a la adquisición de nuevos conocimientos y al reciclaje permanente para así lograr una mayor promoción e integración social de los trabajadores y una mayor competitividad de las empresas.
Por último, indicaros que si queréis solicitar un permiso individual para la formación, no dudéis en consultar con vuestros delegados y delegadas, os informaran de la documentación necesaria para tramitar la solicitud.

martes, 14 de agosto de 2012

COSAS QUE DEBERÍAS SABER Y NO OLVIDAR


Este comunicado está dirigido tanto a aquellos/as que acabáis de incorporaros a la campaña, como para aquellos/as que aunque lleváis un tiempo con nosotros, a veces dudáis de las operativas pactadas con la empresa y derechos.

Debéis saber o recordar cosas como:

Ø  Si al finalizar vuestra jornada, a causa de una llamada, os veis obligados a quedaros más de 5 minutos por encima de vuestra hora de salida, comunicadlo a vuestr@ coordinador/a así como al/la force. La empresa debe reintegraros ese tiempo en la siguiente jornada.

Ø   Independientemente de vuestras pausas visuales y descansos, podéis tomaros los tiempos de baño que sean imprescindibles. Recordad simplemente hacerlo con responsabilidad y anotarlo en las hojas de w.c. que deben estar en las mesas de vuestros/as coordinadores/as.

Ø  Si por cualquier incidencia en el sistema éste os deja en “aux”, “after call” o cualquier otro estado distinto a “disponible” más tiempo del habitual, anotadlo y comentarlo con vuestro supervisor. Llevad este control de forma estricta, para evitar que estas incidencias puedan ser utilizadas como motivo de sanción

Ø     Recordaros que desde cualquier ámbito de la empresa se debe tratar con respeto a todos los/las compañeros/as. Si observáis cualquier falta de respeto tanto hacia vosotros como hacia algún compañero/a, os pedimos que lo comuniquéis a algún/a delegado/a, así como a su superior inmediato.

Ø  Por último siempre que tengas que firmar algo, puedes hacerlo como “no conforme” y solicitar copia de todo cuanto firmes. También puedes solicitar la presencia de un/a delegado/a cuando así lo desees.


Si tenéis cualquier duda, vuestros delegados/as de C.C.O.O. están para resolverlas:
Ana y Álvaro en Total, Bárbara en Diamante y Sara y Esther en B.O. (turnos de tarde).

AIRE, AIRE…

Como tod@s estáis notando desde el pasado viernes 3 de Agosto estamos sufriendo en la plataforma la avería del sistema de aire acondicionado, hecho que incide principalmente en la segunda planta.
En estos días hemos mantenido varias reuniones con la dirección de la empresa, consiguiendo que se habilitasen puestos en las salas donde si funcionaba el aire.
Nos han trasladado que el fallo que ocurrió el pasado sábado en la tercera planta se debió a las fuertes temperaturas de ese día y que simplemente, hubo que resetear el sistema. Como habréis apreciado, esto se solucionó el lunes.
Respecto a las incidencias en la segunda planta, nos comentan que se han averiado las tres máquinas centrales. A una de ellas se le cambió la placa y ya está en funcionamiento, si bien es insuficiente para paliar el calor. La segunda está previsto que vuelva a funcionar entre el jueves y viernes. Pero la tercera máquina, será necesario cambiarla por completo. Ya tienen un aparato localizado y prevén que en aproximadamente una semana estaría ya instalada y en funcionamiento.
Hemos reseñado a los representantes de la empresa el comportamiento ejemplar de tod@s vosotr@s y que una vez más, hacéis alarde de lo grandes profesionales que sois. La empresa agradece vuestra paciencia.
Por nuestra parte mantendremos el seguimiento y os iremos informando de cualquier novedad, puesto que hasta que no esté solucionado totalmente, no dejaremos de trabajar en este tema. 

¿PUEDEN QUITARME LA REGULACIÓN?


Ante las muchas consultas que nos estáis realizando sobre la regulación y la falta de ella en los horarios publicados por la empresa, desde la Sección Sindical de CC.OO. os queremos aclarar:
Que legalmente, al haber un festivo, es posible que no aparezca la hora de regulación en el horario de esa semana.
Lo que sí que debéis tener en cuenta es que según el artículo 22 del capítulo VIII del V Convenio de Telemarketing, el máximo de horas que debéis trabajar al año (para aquellos con contrato de 39 horas/semana) es de 1764 horas. Esto no quiere decir que haya que trabajar exactamente esas horas. El convenio no establece un mínimo ni una obligatoriedad de horas. Pero debéis contabilizar las horas que trabajáis a lo largo del año para al final del mismo, en caso de que excedáis las 1764 horas, podáis reclamarlas a la empresa.
A este respecto debéis saber que si por ejemplo en 2012 disfrutasteis de vacaciones de 2011, esa semana no cuenta como descanso, sino como semana trabajada (computa 39 horas). Igual ocurre con los DLF generados en 2011 que hayáis disfrutado en 2012, porque son horas de descanso del año anterior.
Otra cosa que tenéis que tener en cuenta es que, independientemente del número de días que trabajéis en una semana, debéis echar un máximo de 39 horas. Esto es que aún quitándoos la regulación, en esa semana no podéis trabajar más de 39 horas.
Estos preceptos son aplicables a los contratos con menos horas semanales, teniendo en cuenta la parte proporcional para el cómputo de las horas anuales.

miércoles, 4 de julio de 2012

ATRASOS SUBIDA SALARIAL

Estimados compañeros:

Queremos avisaros que los trabajadores/as que han pertenecido a la empresa en los últimos años ya tienen disponible el cheque con su cantidad correspondiente a los atrasos derivados de la subida salarial firmada en el último Convenio Colectivo de Contact Center.

El horario para su recogida, es de Lunes a Viernes de 10:00 AM a 12:00 AM tanto en el centro de trabajo de Viapol y del Centro Comercial Los Arcos. Cada cual tendrá que recoger su cheque en el centro donde haya trabajado. Si has trabajado en ambos, tendrás que recogerlo en el último centro al que has pertenecido.

Podéis aseguraros si vuestros atrasos están disponibles llamando al: 955 050 560

Os recordamos a los que no habéis solicitado vuestros atrasos que podéis descargar la plantilla para hacerlo a través del siguiente enlace


Un Saludo.

lunes, 11 de junio de 2012

PLANTILLA PARA SOLICITUD ATRASOS DE ANTIGUOS EMPLEADOS

Como ya os hemos ido comentando, todo aquel trabajador/a que haya pertenecido a la empresa en los años 2010, 2011 y 2012, tiene derecho a reclamar su parte económica correspondiente a la subida salarial firmada en el nuevo convenio de Contact Center.

Por ello y para que os sea más fácil dicha tarea, hemos creado una plantilla que simplemente debéis rellenar con vuestros datos y entregarlo en el centro de trabajo donde hayáis estado.

Debéis entregar dos copias, una para la empresa y otra para vosotros. Aseguraos de que dicha copia que os quedéis tenga firmada la parte de "recibí", simplemente para acreditar que habéis solicitado vuestros atrasos

Para acceder a la plantilla e imprimirla, pincha aquí

Además, os dejamos las tablas para que calculéis los importes que os corresponderían percibir

Accede a las tablas pinchando aquí

Para cualquier duda, nos tenéis a vuestra disposición.

Un saludo

viernes, 8 de junio de 2012

ATRASOS SALARIOS ANTIGUOS EMPLEADOS

Como os comunicamos días atrás, la empresa ha de abonar las cantidades correspondientes a la subida salarial de estos años atrás.

El motivo de volver a tratar este tema, es porque hay compañeros/as que ya no trabajan con nosotros, pero que si lo han hecho en los periodos que os indicamos, tienen derecho a solicitar el pago de dichos atrasos.

Por tanto, si te encuentras en esa situación o si conoces a algún ex-compañero/a que no conozca la situación, avísale.

Es muy sencillo. Solo tienen que acudir al centro de trabajo (Viapol o Los Arcos) y entregar un escrito explicando la situación, es decir, que es antiguo trabajador/a y desea que le sean abonadas las cantidades correspondientes de dichos atrasos por el periodo trabajado en la compañía.

Para cualquier duda no dudéis en consultarnos.

Un Saludo

miércoles, 6 de junio de 2012

ATRASO EN LOS SALARIOS

Compañer@s. Como ya sabéis, la empresa tiene pendiente de abonar los atrasos correspondiente a nuestro salarios de los años 2010-2011 y hasta Junio de 2012.

Os pasamos unas tablas donde tenéis desglosado los importes en función a vuestra categoría y vuestro número de horas de contrato.



                  
ATRASOS 2010/2011
  
Categorías
39Horas/semana
35Horas/semana
30Horas/semana
25Horas/semana
Teleoperador
129,56€
116,28
99,66
83,05
Telep. Espec
135,62€
121,6
104,24
86,85
Coordinador
148,50€
133,26
114,2
95,18
Supervisor B
156,67€



Supervisor A
164,13€













ATRASOS HASTA JUNIO 2012

Categorías
39Horas/semana
35Horas/semana
30Horas/semana
25Horas/semana
Teleoperador
32,55€
29,21€
25,04€
20,86€
Telep. Espec
34,04€
30,55€
26,19€
21,82€
Coordinador
37,31€
33,45€
28,69€
23,91€
Supervisor B
39,26€



Supervisor A
41,13€













TOTAL A COBRAR 2010/2011/2012

Categorías
39Horas/semana
35Horas/semana
30Horas/semana
25Horas/semana
Teleoperador
162,11€
145,49€
124,64€
103,91€
Telep. Espec
169,66€
152,15€
130,43€
108,67€
Coordinador
185,81€
166,71€
142,91€
119,09€
Supervisor B
195,93€



Supervisor A
205,26€