viernes, 8 de junio de 2012

ATRASOS SALARIOS ANTIGUOS EMPLEADOS

Como os comunicamos días atrás, la empresa ha de abonar las cantidades correspondientes a la subida salarial de estos años atrás.

El motivo de volver a tratar este tema, es porque hay compañeros/as que ya no trabajan con nosotros, pero que si lo han hecho en los periodos que os indicamos, tienen derecho a solicitar el pago de dichos atrasos.

Por tanto, si te encuentras en esa situación o si conoces a algún ex-compañero/a que no conozca la situación, avísale.

Es muy sencillo. Solo tienen que acudir al centro de trabajo (Viapol o Los Arcos) y entregar un escrito explicando la situación, es decir, que es antiguo trabajador/a y desea que le sean abonadas las cantidades correspondientes de dichos atrasos por el periodo trabajado en la compañía.

Para cualquier duda no dudéis en consultarnos.

Un Saludo

4 comentarios:

  1. Hola me podeis decir a que periodos os referis?? yo ya no trabajo alli pero lo hice desde el 2008 al 2011, gracias , saludos

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    Respuestas
    1. Los atrasos hay que calcularlos desde enero de 2010 hasta la fecha en la que se haya trabajado en la empresa de Contact Center correspondiente. El acuerdo al que se ha llegado para en la firma del nuevo convenio del sector es que se sube un 0.50% sobre los conceptos salariales de 2010 y 2011, es decir, el sueldo base y cualquier complemento se incrementan en este porcentaje durante estos 24 meses (para quien haya trabajado los dos años completos o la parte proporcional para los demás). Para el 2012 se incrementa en un nuevo 0.50% sobre los salarios de 2011.
      Esto quiere decir que si el salario base a final de 2009 se cerró en 1129.18 euros para los teleoperadores especialistas a 39 horas (incluyendo las pagas prorrateadas), por los meses de 2010 y 2011 nos deben ahora 0.50%, o lo que es lo mismo, 5.65 euros por cada uno de los 24 meses. Y por los meses desde enero de 2012 la cantidad es 5.67 euros.
      Por tanto, dependiendo de los meses que cada uno haya estado trabajando, en cualquier empresa del sector, con estos cálculos se puede saber qué cantidad nos deben. Obviamente a estos hay que sumarle los mismos porcentajes y de la misma forma con el resto de conceptos que hayáis podido cobrar, como pluses de festivos, de horas nocturnas, etc. Y, lógicamente, tendrán las retenciones que a cada cual le corresponda.
      Esperamos haber resuelto un poco más las dudas sobre este tema. Lo que aún no sabemos es cuándo van a hacer los pagos, pero en cuanto sepamos algo os avisamos.
      Saludos de los delegados y delegadas de Iberphone Sevilla.

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    2. Perdona, Merche. Hay un error en el cálculo que te he indicado. Hay que tener en cuenta que el cálculo para los meses que correspondan de 2012 (enero a mayo, porque en junio la nómina debe venir actualizada) es la diferencia entre lo que teníamos que haber cobrado y lo que hemos cobrado, y no la diferencia que yo te dije con respecto a 2011.
      Vamos a sacar un comunicado nuevo explicándolo.
      Saludos.

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